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Información General

El artículo 64 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Quintana Roo, establece que las Unidades de Transparencia serán el enlace entre los sujetos obligados y el solicitante, establecerán sus oficinas en lugares visibles y accesibles al público, ya que son las responsables de la atención de las solicitudes de información y gozarán de autonomía de gestión a fin de cumplir con sus funciones y las disposiciones de esta Ley.

En la Universidad Tecnológica de Chetumal, el servidor público encargado de atender las solicitudes de acceso a la información que se realicen ante esta Institución es:

Nombre:

Lic. Fernando Israel Olais Quiñones – Jefe del Departamento Jurídico y Unidad de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales.

Domicilio:

Av. Instituto Politécnico Nacional, S/N , Lote 170, Subteniente López, Quintana Roo.

Correo electrónico:

transparencia@utchetumal.edu.mx

Teléfono:

(983) 1291765 Ext. 1010

 Horario de Atención: 

Lunes a Viernes de 09:00 a 17:00 hrs.

Ubicación

La Unidad de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de la Universidad Tecnológica de Chetumal (UTCHETUMAL),, con fundamento en el dispuesto artículo 41 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y el artículo 66 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Quintana Roo, tiene por objeto garantizar el ejercicio del derecho de acceso a la información pública y la protección de los datos personales.

De conformidad con dichas disposiciones, los sujetos obligados designarán a la persona responsable de la Unidad de Transparencia, quien tendrá las siguientes atribuciones:

  • I. Recabar y difundir la información prevista en los Capítulos II, III, IV y V del Título Quinto de esta Ley, y propiciar que las áreas la actualicen periódicamente, conforme las disposiciones jurídicas aplicables;
  • II. Recibir y dar trámite a las solicitudes de acceso a la información;
  • III. Auxiliar a las personas particulares en la elaboración de solicitudes de acceso a la información y, en su caso, orientarles sobre los sujetos obligados competentes conforme a las disposiciones jurídicas aplicables;
  • IV. Realizar los trámites internos necesarios para la atención de las solicitudes de acceso a la información;
  • V. Efectuar las notificaciones a las personas solicitantes;
  • VI. Proponer al Comité de Transparencia los procedimientos internos que aseguren la mayor eficiencia en la gestión de las solicitudes de acceso a la información, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables;
  • VII. Proponer personal habilitado que sea necesario para recibir y dar trámite a las solicitudes de acceso a la información;
  • VIII. Llevar un registro de las solicitudes de acceso a la información, respuestas, resultados, costos de reproducción y envío;
  • IX. Promover e implementar políticas de transparencia con sentido social procurando su accesibilidad;
  • X. Fomentar la transparencia y accesibilidad al interior del sujeto obligado;
  • XI. Hacer del conocimiento de la instancia competente la probable responsabilidad por el incumplimiento de las obligaciones previstas en la presente Ley y en las demás disposiciones aplicables, y
  • XII. Las demás que se desprendan de las disposiciones jurídicas aplicables.

2025

PRIMER TRIMESTRE

ENERO-MARZO

SEGUNDO TRIMESTRE

ABRIL-JUNIO

TERCER TRIMESTRE

JULIO-SEPTIEMBRE

CUARTO TRIMESTRE

OCTUBRE-DICIEMBRE

 

2024

PRIMER TRIMESTRE

ENERO-MARZO

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TERCER TRIMESTRE

JULIO-SEPTIEMBRE

CUARTO TRIMESTRE

OCTUBRE-DICIEMBRE

 

2023

PRIMER TRIMESTRE

ENERO-MARZO

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ABRIL-JUNIO

TERCER TRIMESTRE

JULIO-SEPTIEMBRE

CUARTO TRIMESTRE

OCTUBRE-DICIEMBRE

 

Cumplimiento de las Obligaciones de Transparencia

Índice Global de Cumplimiento

¿Qué son las Obligaciones de Transparencia?

Las obligaciones de transparencia son disposiciones legales que garantizan que toda persona pueda acceder a la información pública sin necesidad de realizar una solicitud formal. Permiten a la sociedad conocer el quehacer institucional, el uso de recursos y las decisiones que se toman en la UTCHETUMAL.

Marco Normativo

Consulta completa del marco normativo aquí

Obligaciones de Transparencia de la UTCHETUMAL

Divididas en dos grandes bloques, de acuerdo a la ley:

1.- Obligaciones Comunes

  • Marco normativo
  • Estructura orgánica
  • Directorio
  • Presupuesto y ejercicio del gasto
  • Trámites y servicios
  • Contrataciones públicas
  • Informes de auditoría
  • Indicadores de gestión
  • Mecanismos de participación ciudadana
  • Informes de actividades

Ver listado completo:

2.- Obligaciones Específicas (por ser institución educativa)

  • Planes y programas de estudio
  • Información sobre becas
  • Evaluaciones institucionales
  • Proceso de titulación
  • Resultados académicos

Ver información detallada

Consulta Pública

Consulta nuestras obligaciones publicadas en la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT): Ir a la PNT

Actualización Trimestral Obligatoria

 

¿Quién verifica esta información?

La Unidad de Transparencia es la encargada de coordinar, integrar y verificar la información publicada. Cada Unidad Administrativa tiene la responsabilidad de proporcionar y actualizar la información que le corresponde, siendo esta clara, precisa y verificable, este completa y actualizada, y cumpla con los lineamientos establecidos en la legislación aplicable.
De este modo, la Unidad de Transparencia la calidad, oportunidad y accesibilidad de la información que se pone a la disposición de la ciudadanía.

Nuestro Compromiso

En la UTCHETUMAL promovemos una cultura de transparencia como base de una administración pública responsable, cercana y eficiente. Nuestro objetivo es garantizar a toda persona el derecho de acceso a la información con claridad y confianza.

 

Periodo de Cumplimiento de las Obligaciones de Transparencia

 

Catálogo de las Obligaciones de Transparencia

La solicitud de información pública es un derecho que tiene cualquier persona para acceder a los documentos, datos, registros y cualquier tipo de información generada, obtenida, adquirida, transformada o en posesión de la Universidad Tecnológica de Chetumal, sin necesidad de acreditar interés alguno ni justificar su uso.
Este derecho está garantizado por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Quintana Roo.

¿Cómo se puede presentar una solicitud?

Las solicitudes pueden realizarse a través de:

  • La Plataforma Nacional de Transparencia: www.plataformadetransparencia.org.mx
  • De manera presencial o escrita ante la Unidad de Transparencia de la Universidad Tecnológica de Chetumal.

Plazo de respuesta

  • La institución cuenta con un plazo máximo de 10 días hábiles para responder.
  • Este plazo puede ampliarse por 10 días hábiles adicionales, únicamente
    cuando existan causas justificadas (Art. 144, Ley General de Transparencia).

Cuando la información está en poder del sujeto obligado (no publicada):

  • Se tiene un máximo de 10 días para que la Unidad de Transparencia entregue la
    información solicitada.
  • Si el sujeto obligado cuenta con la información y es pública, el área competente
    deberá notificarlo a la Unidad de Transparencia, dentro de los 5 días hábiles
    siguientes en que se haya recibido la solicitud de información por parte de dicha
    Unidad.

Cuando la Información ya está publicada (Plataforma Nacional de Transparencia o Página Institucional):

  • Se debe responder en un máximo de 3 días hábiles, indicando al solicitante dónde, cómo, y en qué forma pueda consultarla.

Fundamento legal:

  • Artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
  • Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública
  • Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Quintana Roo
  • Lineamientos Generales para la Gestión de Solicitudes de Información

¿Qué debe contener una solicitud?

  1. Nombre o seudónimo del solicitante
  2. Domicilio o medio para recibir notificaciones
  3. Descripción clara y precisa de la información solicitada
  4. Cualquier otro dato que facilite su búsqueda (opcional)

Información adicional a considerar:

  • No es necesario justificar el motivo de la solicitud, ni acreditar interés personal alguno.
  • La solicitud puede ser redactada en lenguaje sencillo y directo, indicando con claridad qué información se requiere.
  • Se puede solicitar información en formatos accesibles (por ejemplo, Word, Excel o PDF).
  • La respuesta puede ser consultada directamente en la Plataforma Nacional de Transparencia, si así se indicó.

En caso de necesitar orientación para presentar una solicitud, la Unidad de Transparencia de la Universidad Tecnológica de Chetumal brinda asesoría gratuita para el correcto ejercicio del derecho de acceso a la información.

Derechos ARCOP

Los Derechos ARCOP son un conjunto de derechos que permiten a toda persona ejercer el control sobre sus datos personales en posesión de cualquier sujeto obligado. Estos derechos están reconocidos en la legislación mexicana y forman parte esencial del derecho a la protección de datos personales.

¿Qué significa ARCOP?

  • Acceso: Conocer si una institución posee datos personales tuyos y, en su caso,
    obtener una copia.
  • Rectificación: Solicitar la corrección de tus datos si son inexactos, incompletos o
    desactualizados.
  • Cancelación: Solicitar la eliminación de tus datos cuando ya no se requieran
    para los fines por los que fueron recabados.
  • Oposición: Negarte al tratamiento de tus datos por motivos legítimos.
  • Portabilidad: Recibir tus datos personales en un formato electrónico
    estructurado y, si lo deseas, transferirlos a otro responsable del tratamiento.

¿Cómo se ejercen?

Los Derechos ARCOP se ejercen mediante una solicitud dirigida a la Unidad de Transparencia de la Universidad Tecnológica de Chetumal, ya sea:

Plazos de atención:

  • La respuesta debe emitirse en un plazo máximo de 10 días hábiles, con posibilidad de 10 días adicionales para hacerla efectiva, en caso de ser procedente.

Fundamento legal:

  • Artículo 6° Constitucional
  • Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (LGPDPPSO)
  • Lineamientos Generales de Protección de Datos Personales emitidos por la extinta INAI